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Disciplina escolar en California:
Cómo protegemos los derechos de su hijo

Cuando un estudiante se enfrenta a la suspensión o expulsión , las familias necesitan apoyo rápido e informado. McGowan Advocacy Group guía a los padres en cada paso, desde la primera llamada telefónica hasta la resolución, para que los estudiantes permanezcan seguros, reciban apoyo y continúen con sus estudios.

Esta página contiene información general, no asesoramiento legal. Para obtener orientación específica sobre su hijo/a, póngase en contacto con nosotros.

Lo que dice la ley de California sobre la disciplina

La disciplina escolar en California se rige principalmente por el Código de Educación. Los distritos deben cumplir con plazos y normas de notificación estrictos, considerar alternativas a la suspensión y garantizar el debido proceso antes de recomendar la expulsión.

Conceptos clave

  • Motivos de suspensión/expulsión : Definidos por ley y deben estar relacionados con las actividades escolares o la asistencia.

  • Disciplina progresiva y alternativas : Se anima a los centros educativos a utilizar intervenciones basadas en la evidencia antes de la suspensión o expulsión, cuando proceda.

  • La expulsión requiere una audiencia : Solo una junta directiva puede expulsar a un estudiante después de una audiencia convocada.

Protecciones adicionales para estudiantes con planes de educación individualizada (IEP) (y planes 504).

Los estudiantes que reciben servicios de educación especial bajo un IEP (o que tienen un Plan de la Sección 504 ) cuentan con importantes protecciones adicionales:

  • Cambio de ubicación (Regla de los 10 días) : Retirar a un estudiante por más de 10 días escolares en un año (o un patrón de retiradas) puede considerarse un cambio de ubicación y activa medidas de seguridad específicas.

  • Determinación de la manifestación : Dentro de los 10 días escolares posteriores a cualquier decisión de cambiar la ubicación por conducta, el distrito, el padre y los miembros pertinentes del equipo del IEP deben decidir si el comportamiento fue causado por o tuvo una relación directa y sustancial con la discapacidad, o resultó de la falta de implementación del IEP .

  • Residencia/Colocación durante el proceso de apelación : Si se impugna la decisión, se aplican normas especiales para mantener al estudiante en una ubicación adecuada mientras se resuelve el asunto.

  • Entorno Educativo Alternativo Provisional (EAAP) : Para delitos graves específicos (armas, drogas, lesiones corporales graves), las escuelas pueden ubicar a un estudiante en un EAAP por hasta 45 días escolares mientras continúan los servicios.

  • Continuación de la FAPE (Educación Pública Gratuita y Apropiada) : Incluso durante las retiradas de la educación, la escuela debe seguir proporcionando servicios que permitan al alumno participar en el currículo y progresar hacia los objetivos del IEP (Programa de Educación Individualizado).

  • Estudiantes “aún no elegibles” : Se aplican algunas protecciones si la escuela debería haber sabido que el estudiante tenía una discapacidad antes del incidente.

Sus derechos y plazos de un vistazo

  • Aviso de suspensión : Notificación por escrito del motivo, la duración y su derecho a una reunión.

  • Recomendación de expulsión : Acusaciones formales por escrito y una audiencia ante la junta directiva o el panel administrativo.

  • Estudiantes con IEP/Plan 504 : Determinación de la manifestación dentro de los 10 días escolares posteriores a la decisión de cambiar de ubicación; se aplican plazos de disputa acelerados.

  • Apelaciones y quejas : Las opciones incluyen apelaciones a nivel de distrito, quejas sobre el cumplimiento de la ley estatal y un proceso acelerado para asuntos relacionados con la IDEA.

Cómo ayudamos a las familias

Respuesta inmediata (0–48 horas)

  • Revisar informes de incidentes, cartas de suspensión, antecedentes disciplinarios y documentos IEP/504.

  • Asesorar a los padres sobre la comunicación y las declaraciones de los estudiantes; solicitar expedientes y vídeos cuando corresponda.

  • Solicite al distrito que preserve los servicios educativos durante cualquier medida de desalojo.

Defensa estratégica

  • Prepárese para las reuniones de determinación de la manifestación; alinee los datos de comportamiento, las evaluaciones funcionales y los servicios del Programa de Educación Individualizada (PEI).

  • Desarrollar alternativas a la suspensión/expulsión (planes de comportamiento, asesoramiento, prácticas restaurativas, apoyo para la colocación).

  • Negociar acuerdos que protejan la educación del estudiante y su camino hacia la graduación.

Audiencias y apelaciones

  • Representar a las familias en las audiencias de expulsión.

  • Presentar o defender un recurso de debido proceso acelerado cuando la disputa involucre disciplina en educación especial.

  • Coordinar los problemas paralelos (acoso, discriminación por discapacidad, restricción/aislamiento, intimidación) y solicitar las medidas correctivas adecuadas.

Guía práctica para padres

  • Solicite todo por escrito : resúmenes de incidentes, declaraciones de testigos, notificaciones y medidas disciplinarias propuestas.

  • Revise el IEP/504 : Confirme los servicios, los objetivos de comportamiento, el BIP y si se implementaron los apoyos.

  • Registro de días de expulsión : Mantenga un recuento acumulado de los días de suspensión y las expulsiones dentro de la escuela.

  • Prepárese para la reunión : Traiga informes médicos/de terapia, registros de comportamiento y su declaración como padre/madre.

  • Considerar las evaluaciones : Una evaluación funcional del comportamiento (EFC) y un plan de intervención conductual (PIC) actualizado pueden ser fundamentales.

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  • ¿Necesita ayuda ahora ? Ofrecemos revisiones rápidas y representación en asuntos de suspensión, expulsión y disciplina en educación especial.

  • Programe una consulta
    O envíe un correo electrónico a michelle@mcgowanadvocacy.com

Preguntas frecuentes

  • ¿Pueden suspender a mi hijo por “desobediencia deliberada”?
    En California, las suspensiones por conducta disruptiva o desobediencia están restringidas en muchos grados y se exigen alternativas en la mayoría de los casos. Consúltenos cómo se aplica esto al grado y distrito escolar de su hijo/a.

  • ¿Y si ese comportamiento estuviera relacionado con la discapacidad de mi hijo?
    Una determinación oportuna de la manifestación de la enfermedad puede evitar la remoción o requerir ajustes en el Programa de Educación Individualizada (PEI) en lugar de la exclusión.

  • ¿Mi hijo seguirá recibiendo servicios durante el proceso de traslado?
    Sí, los estudiantes con planes de educación individualizados (IEP, por sus siglas en inglés) deben seguir recibiendo servicios para progresar hacia sus objetivos, incluso en un entorno provisional.

  • ¿Qué ocurre si no estoy de acuerdo con la decisión?
    Las familias pueden recurrir al procedimiento acelerado para asuntos relacionados con la Ley IDEA y para apelaciones ante el distrito en casos de disciplina en educación general. Le guiaremos por el camino más rápido y efectivo.

McGowan Advocacy Group apoya a familias en toda California. Colaboramos con los equipos escolares protegiendo los derechos de los estudiantes con profesionalismo y dedicación.

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